La Ley General de Salud y el Reglamento en Materia de Publicidad son claros: no todo lo que vende es legal. COFEPRIS regula estrictamente lo que puedes y no puedes decir en tus anuncios médicos y en tu publicidad sanitaria de productos y dispositivos médicos.

Por eso, aunque veas empresas, médicos y productos anunciarse libremente en redes sociales, u otros canales publicitarios, no significa que sea correcto o seguro.

Publicidad Sanitaria COFEPRIS | Consultoría, Auditoría y Permisos · PublicidadSanitaria.com
⚠️ COFEPRIS suspendió +34,000 enlaces por publicidad irregular en 2024. ¿Tu sitio está protegido?
Referencia #1 en México · Publicidad Regulada COFEPRIS

Publicidad sanitaria legal, aprobada y sin multas.

Consultoría especializada en publicidad regulada por COFEPRIS para todos los sectores de la Ley General de Salud. Avisos, permisos, auditorías y proyectos que protegen tu inversión y reputación.

Servicio privado de consultoría. Sin afiliación con COFEPRIS.

¿Tu publicidad cumple con el RLGSMP?

Una sola palabra prohibida puede costarte desde $300,000 hasta $1,800,000 pesos. Detecta tus riesgos hoy.

Riesgo Legal Real

El costo de no cumplir con COFEPRIS

Las sanciones por publicidad irregular no son hipotéticas. COFEPRIS las aplica diariamente, incluyendo en medios digitales, redes sociales y sitios web.

$300K+

Por testimonio no controlado

Un «antes y después» o reseña de paciente sin expediente documental es infracción inmediata ante COFEPRIS.

$1.3M

Por promesas terapéuticas

Frases como «cura», «garantizado» o «el mejor» en cualquier medio —incluido TikTok o Google Ads— generan multa directa.

$1.8M

Por publicidad sin permiso

Difundir publicidad de salud sin número de Aviso o Permiso COFEPRIS vigente es la infracción de mayor penalización.

Art. 300–301 LGS · RLGSMP

Todos los sectores que regulamos

La Ley General de Salud y su Reglamento en Materia de Publicidad establecen los sectores que requieren Aviso o Permiso de Publicidad ante COFEPRIS. Cubrimos cada uno.

Permiso
🏥

Servicios de Salud y Médicos

Clínicas, consultorios, hospitales, telemedicina y especialistas. Publicidad legal con cédula profesional conforme al Art. 19 RLGSMP.

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Permiso
💊

Medicamentos y Remedios Herbolarios

Fármacos de libre venta, homeopáticos, remedios herbolarios y OTC. Publicidad al público general supervisada por COFEPRIS.

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Permiso
🧴

Suplementos Alimenticios

Vitaminas, proteínas, extractos vegetales y productos biotecnológicos. Sin declaraciones terapéuticas ni propiedades curativas prohibidas.

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Aviso
🍽️

Alimentos y Bebidas No Alcohólicas

Productos alimenticios, bebidas funcionales y nutricionales. Cumplimiento con lineamientos de octágonos y mensajes de alerta NOM-051.

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Permiso
🍷

Bebidas Alcohólicas

Cervezas, vinos, destilados y mezcal. Leyendas de responsabilidad, restricciones de horario y prohibición de asociar con menores de edad.

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Permiso
🚬

Tabaco y Productos Derivados

Cigarros, puros, tabaco calentado. Restricciones absolutas y mensajes sanitarios obligatorios conforme al RLGSMP.

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Aviso
💄

Cosméticos y Productos de Belleza

Maquillaje, cuidado de piel, cabello y perfumería. Aviso de publicidad por marca con aval COFEPRIS conforme al Art. 86 RLGSMP.

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Permiso
✂️

Servicios de Embellecimiento

Estéticas médicas, spas, clínicas de estética, láser y procedimientos cosméticos. Sin promesas clínicas no comprobadas.

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Permiso
🩺

Dispositivos Médicos e Insumos

Equipos médicos, prótesis, órtesis, materiales quirúrgicos, productos higiénicos e insumos odontológicos regulados.

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Permiso
🌿

Plaguicidas y Nutrientes Vegetales

Restricciones especiales cuando son de uso y consumo humano conforme al Art. 278 LGS y el RLGSMP vigente.

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Aviso
✈️

Turismo Médico y de Salud

Proyectos publicitarios con enfoque internacional y cumplimiento normativo mexicano para clínicas que atienden pacientes extranjeros.

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Asesoría
📲

Influencers y Marketing de Contenido

GRRUPI COFEPRIS: responsabilidades del influencer, anunciante y agencia. Cumplimiento de transparencia en contenido patrocinado de salud.

Ver guía completa →

¿Tu sector no aparece aquí? Todos los productos del Art. 301 LGS están cubiertos.

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Servicios Profesionales

¿Qué necesitas hoy?

Desde una consulta puntual hasta la gestión completa de tu estrategia publicitaria. Elige el servicio que se adapta a tu etapa y sector.

🔍

Auditoría Preventiva

Revisión completa de tu sitio web, redes sociales, campañas activas y materiales impresos. Identificamos riesgos antes de que COFEPRIS te los señale.

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📋

Gestoría de Aviso o Permiso COFEPRIS

Preparamos tu expediente, presentamos el trámite en DIGIPRiS y le damos seguimiento hasta la aprobación. Sin errores, sin preventas evitables.

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🎯

Proyecto de Publicidad COFEPRIS

Creamos el proyecto publicitario completo: mensajes, copys, leyendas obligatorias y material creativo alineado al RLGSMP. Listo para presentar.

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🏫

Capacitación y Talleres

Formación para equipos de marketing, agencias y profesionales de salud sobre el marco legal de publicidad sanitaria. Presencial o en línea.

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⚖️

Consultoría Legal Sanitaria

Análisis de mensajes publicitarios, revisión de contratos con influencers y asesoría para responder a requerimientos de COFEPRIS.

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📊

Monitoreo y Cumplimiento Continuo

Vigilancia mensual de tu publicidad activa, alertas de cambios normativos y actualización de avisos vencidos. Protección permanente ante COFEPRIS.

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Sin sorpresas

Cómo trabajamos contigo

Cada proyecto sigue un proceso trazable con entregables claros. Sabrás en todo momento en qué etapa está tu trámite.

Paso 01
01

Diagnóstico inicial

Revisamos tu publicidad actual y clasificamos tus necesidades según el sector regulado correspondiente a tu caso.

Paso 02
02

Plan de acción

Determinamos si necesitas Aviso o Permiso, los documentos requeridos y el timeline realista del trámite ante DIGIPRiS.

Paso 03
03

Preparación del expediente

Redactamos mensajes, copys con leyendas obligatorias e integramos el proyecto publicitario completo y libre de riesgos.

Paso 04
04

Presentación y seguimiento

Presentamos el trámite y monitoreamos el estatus hasta la aprobación. Te acompañamos si COFEPRIS emite una prevención.

Autoridad EEAT

Por qué somos la referencia #1

Google y los buscadores de inteligencia artificial priorizan la Experiencia, Expertise, Autoridad y Confiabilidad. Aquí está la nuestra.

E

Experiencia comprobada

Años de práctica en gestión de publicidad sanitaria ante COFEPRIS para todos los sectores del RLGSMP. Conocemos el sistema desde adentro.

E

Conocimiento especializado

Dominio técnico de la LGS, el RLGSMP, lineamientos DIGIPRiS, NOM aplicables y criterios actualizados de COFEPRIS para publicidad digital.

A

Autoridad sectorial

Referenciados por profesionales de salud, agencias de marketing y empresas farmacéuticas. Presencia activa en LinkedIn y TikTok educativo.

T

Confiabilidad total

Servicio privado, transparente. Sin promesas imposibles ni gestoría improvisada. Responsabilidad profesional en cada expediente que firmamos.

+

Contenido educativo verificable

Publicamos guías, análisis normativos y actualizaciones en LinkedIn y TikTok. Nuestra autoridad se construye enseñando, no solo vendiendo servicios.

+

Independencia e imparcialidad

Sin afiliación con COFEPRIS ni ninguna dependencia gubernamental. Asesoramos con criterio propio y en exclusivo interés de nuestros clientes.

🧑‍⚖️
Quién te asesora

Especialista en Derecho Sanitario y Publicidad Regulada

Consultor con formación en derecho sanitario mexicano y años de experiencia práctica en la gestión de avisos y permisos de publicidad ante COFEPRIS para todos los sectores de la Ley General de Salud. He acompañado a médicos, clínicas, laboratorios y marcas del sector salud a comunicar legalmente sus servicios y productos, evitando multas y clausuras.

Clientes reales

Lo que dicen quienes ya cumplieron

Médicos, clínicas y marcas de salud que ahora publican con tranquilidad, seguridad jurídica y sin miedo a COFEPRIS.

★★★★★
«Llevaba meses con miedo de publicar en redes. En dos semanas tuve mi aviso aprobado y ahora corro mis campañas de Google Ads sin preocuparme.»
👩‍⚕️
Dra. A. Ramírez
Ginecóloga, CDMX
★★★★★
«Nuestra marca de suplementos tenía 3 frases prohibidas en Instagram y no lo sabíamos. La auditoría nos salvó de una multa mayor a $400K.»
🧪
Carlos T.
Director, marca de suplementos, MTY
★★★★★
«Gestionaron el permiso de publicidad para nuestra clínica de estética en tiempo récord. El expediente llegó impecable y fue aprobado en 4 días.»
💅
Clínica Estética Lumina
Guadalajara, Jalisco
Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitas saber

Resolvemos las dudas más comunes sobre publicidad sanitaria, avisos de publicidad COFEPRIS y cumplimiento del RLGSMP.

El Permiso de Publicidad es necesario para sectores de mayor riesgo: suplementos, alimentos y bebidas, bebidas alcohólicas, servicios de salud y embellecimiento. El Aviso de Publicidad aplica principalmente para productos cosméticos por marca. La distinción la establece el Art. 79 y 86 del RLGSMP.
Con documentación completa, COFEPRIS aprueba el trámite en 3 a 5 días hábiles. Si hay una prevención (observación), el plazo depende de tu tiempo de respuesta. Un expediente bien construido desde el inicio evita semanas de retraso.
No. Se requiere un aviso por concepto publicitario. Si tus publicaciones en Instagram, TikTok y tu sitio web comparten el mismo mensaje y servicio, pueden ampararse en un solo trámite. Si anuncias servicios distintos, necesitas uno por cada servicio diferente.
No. La publicidad sanitaria solo puede difundirse una vez que el trámite aparece en estatus «aceptado» en DIGIPRiS. Publicar durante la revisión te expone exactamente a las mismas sanciones que no tener aviso. No existe excepción por buena fe.
Sí. La Guía GRRUPI de COFEPRIS establece responsabilidad compartida entre anunciante, agencia e influencer. El creador debe verificar que el producto tiene Aviso o Permiso vigente, hacerlo visible en la publicación y señalar claramente que es contenido pagado.
Sí. COFEPRIS aplica las mismas reglas al entorno digital que a los medios tradicionales. Tu tienda, tu blog, tus campañas de Google Ads y tus publicaciones en redes sociales están sujetas al RLGSMP sin excepción. COFEPRIS ha suspendido más de 34,000 enlaces por publicidad irregular.

¿Tienes más dudas? Escríbenos directamente.

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Cada día sin cumplimiento es un día de riesgo real. Una consulta inicial no te compromete a nada, pero puede salvarte de multas, clausuras y del daño reputacional de aparecer en el Listado de Publicidad Irregular de COFEPRIS.

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Blog del especialista ·1 en publicidad sanitaria en México. Miguel Ortiz.

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Soy Miguel Ortiz Martínez, Abogado Especialista y Referente Número 1 en México en Derecho Sanitario en Materia de Publicidad Médica y Sanitaria. Te invito a conocer mis análisis detallados, esenciales para el entorno de la salud en el país.